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Artículos Edición # 686

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Columna Tributaria

Ante el cierre fiscal

Alonso Arroyo

Hace unos meses, la Contraloría General de la República, en cumplimiento de su gestión de ente vigilante de la Hacienda Pública, recomendó a la Administración Tributaria el establecimiento de una serie de parámetros de fiscalización. En el estudio incluyó la corrección de algunas prácticas con el fin de ampliar la base de sujetos fiscalizados para aumentar la recaudación tributaria.

El estudio especial, así como la adopción de las medidas consideradas relevantes por la Contraloría, podrían tener consecuencias en el campo de fiscalización de contribuyentes que presenten desviaciones de ciertos parámetros que deberán medirse, según el criterio del ente contralor.

Desde las reformas de la década anterior y la presente, la Administración Tributaria está en la obligación de fiscalizar a los sujetos pasivos con base en criterios preestablecidos y debidamente publicados. En caso contrario, la actuación sería nula.

El estudio especial de la Contraloría abarca desde la inclusión de la actividad inmobiliaria en el plan de fiscalización, hasta el análisis de inteligencia de contribuyentes que reiteradamente tienen renta negativa en sus resultados o cuyos activos o renta bruta crecen pero no así su impuesto sobre la renta, el cual se mantiene constante o decrece en algunos casos.

Resulta importante rescatar la obtención reiterada de pérdidas por parte del contribuyente, así como la desviación de los parámetros de la industria de que se trate, lo cual, ante el Estudio Especial de la Contraloría General de la República, podría dar pie a una auditoría tributaria.

Ahora que se avecina el cierre fiscal es conveniente considerar los criterios para fiscalización.

En algunos casos, resulta conveniente no solo planear para efectos del impuesto a pagar, sino para refrescar pérdidas y evitar caer en parámetros de auditoría.



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